Sindicato de Médicos de ARAGÓN

Ejercicio de la actividad desarrollada por cuenta propia por los profesionales colegiados.

(Copia literal de la Instrucción del Ministerio de Trabajo)

A partir de 02-08-2011, estos trabajos vuelven a ser compatibles con la percepción de la pensión de jubilación, a la espera de que se elabore un proyecto de ley que regule la compatibilidad entre pensión y trabajo, garantizando el relevo generacional y la prolongación de la vida laboral, así como el tratamiento en condiciones de igualdad de las diferentes actividades.

Mientras no se produzca la mencionada regulación, la pensión de jubilación será compatible con el ejercicio de una profesión liberal, sin alta en el RETA, por haberse optado por una mutualidad de previsión, que tenga la consideración de mutualidad alternativa.

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